Corte de Temuco revoca prescripciones en caso de Martín Pradenas

Las mismas habían sido decretadas en dos casos por el juez de Garantía.

La Corte de Apelaciones de Temuco revocó la prescripción dictada por el juez del tribunal de Garantía local, Federico Gutiérrez, por dos casos de abuso sexual impropio vinculado a Martín Pradenas.

La Segunda Sala del tribunal de alzada, en fallo unánime de los ministros Julio César Grandón Castro, Mirna Espejo Guíñez y el abogado (i) Roberto Contreras Eddinger, consideró que había existencia de indicios suficientes, así como normas jurídicas y normativa internacional ratificada por Chile, para sostener las imputaciones signadas con los números uno y tres, de abuso sexual de la formalización de la investigación.

El máximo tribunal regional acogió así los argumentos de la defensa de las mujeres que acusaron al imputado de atacarlas cuando tenían 16 y 19 años, en 2010 y 2014, respectivamente.

«Consta que los hechos que fueron sobreseídos, ocurrieron, el número uno, en el mes de noviembre de 2010, teniendo la víctima de los hechos 16 años a esa fecha y alcanzando la mayoría de edad en el año 2012; por su parte, el hecho número tres, en abril de 2014, teniendo la víctima 19 años a la época de ocurrencia de tales supuestos hechos. En ambos casos, tales conductas fueron calificadas de abuso sexual impropio. Las demás imputaciones por las que se formalizó habrían ocurrido en los años 2012, 2013, 2018 y 2019, a las que los apelantes le han dado la calidad de interruptivos de la prescripción», señala el fallo.

Ahora, en el periodo de 120 días, la fiscalía deberá investigar esas acusaciones, así como la de la familia de Antonia Barra, quien habría sido violada por Pradenas.

El juez Federico Gutiérrez, titular del juzgado de garantía de Temuco, había dictaminado las acciones contra Pradenas estaban prescritas dado el tiempo transcurrido, opinión que la Corte de Temuco desechó. Igual cosa pasó con la prisión preventiva. Pradenas está desde julio en esa condición, luego de que la misma Corte revirtiera la determinación del juez Gutiérrez, quien no consideró esta cautelar como necesaria para el imputado.

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