Corte de Apelaciones de Chillán rechaza recurso de protección contra programa de televisión

La solicitud fue hecha en contra de TVN por la emisión del programa “Maestros del Engaño”.

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de protección presentado por empresario y centro de salud, en contra de Televisión Nacional (TVN) por la emisión del programa “Maestros del Engaño”, emitido al 23 de julio de 2020, y de toda reproducción o mención de dicho capítulo en redes sociales, internet y señales de televisión.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso, tras establecer que el actuar de la parte recurrida se ajusta a la normativa institucional vigente, sin que se le pueda formular reproche de ilegalidad.

“Estos sentenciadores no adquieren convicción de la existencia de un acto ilegal o arbitrario cometido por la recurrida. Lo obrado se enmarca en un programa periodístico de investigación, cuyo contenido se refiere a la conducta de un individuo que ha sido condenado por delitos que atentan contra la salud pública, dando a conocer situaciones acaecidas tanto en el extranjero como en Chile, en las que han intervenido los tribunales de justicia y la autoridad sanitaria”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que de lo expuesto se concluye, que el actuar de la recurrida que se cuestiona en el recurso se ha ajustado a la normativa institucional vigente, sin que se le pueda formular reproche de ilegalidad.

“Por otro lado, se entiende por acto arbitrario, aquel que obedece a un mero capricho o antojo de su autor, sin que haya sido motivado por un fundamento racional, carente de toda lógica y sin que exista proporción entre los motivos y el fin que se desea alcanzar, lo que no ha ocurrido en la especie”, añade.

“Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por los abogados Francisco Muñoz Navarro y Abraham Quezada Saldías, en nombre y representación de Omar Antonio Becerra Pardo e Inmunosalud SpA, en contra de Televisión Nacional de Chile”, concluye.

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