Ministra Marianela Cifuentes condena a exagentes de la DINA por secuestro calificado y aplicación de tormentos

En el aspecto civil, el fallo condena al Estado a pagar una indemnización 100 millones de pesos), por concepto de daño moral, a la víctima.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a 5 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos a Luz de las Nieves Ayress Moreno. Ilícitos perpetrados a partir de enero de 1974.

En el fallo, la ministra en visita condenó a César Manríquez Bravo, Ciro Ernesto Torré Sáez, Klaudio Erich Kosiel Hornig, Raúl Pablo Quintana Salazar y Vittorio Orvieto Tiplitzky a las penas de 6 años y 3 años de presidio, en calidad de autores de los delitos de secuestro calificado y de aplicación de tormentos, respectivamente.

En el aspecto civil, el fallo condena al Estado a pagar una indemnización de 100 millones de pesos por concepto de daño moral, a la víctima.

En la etapa de investigación de la causa, la ministra Cifuentes logró establecer los siguientes hechos:

“1° Que, el 30 de enero de 1974, Luz de las Nieves Ayress Moreno, militante del Partido Socialista, fue detenida, sin derecho, en la fábrica de su padre Carlos Orlando Ayress Soto en la comuna de San Joaquín, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), organismo dirigido por el Coronel de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, actualmente fallecido.

2° Que, acto seguido, Luz Ayress Moreno fue trasladada a ‘Londres 38’, centro de detención clandestino de la DINA, a cargo del Mayor de Ejército Marcelo Luis Manuel Moren Brito, actualmente fallecido, quien, a la vez, dependía del Comandante de la Brigada de Inteligencia Nacional, Teniente Coronel de Ejército César Manríquez Bravo.

3° Que, en ‘Londres 38’, Luz Ayress Moreno fue interrogada y sometida a apremios legítimos, esto es, aplicación de electricidad, colgamiento, desnudamiento, amenazas y violación por vía vaginal y anal, por parte de agentes del Estado, entre ellos, el Teniente de Carabineros Ciro Ernesto Torré Sáez.

4° Que, en el transcurso del mes de febrero de 1974, Luz Ayress Moreno fue conducida, junto a otros detenidos, entre ellos su padre Carlos Orlando Ayress Soto y su hermano Carlos Orlando Ayress Moreno, hasta la Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes, centro de detención de la DINA ubicado en la comuna de San Antonio, en que cumplían funciones Klaudio Erich Kosiel Hornig, Raúl Pablo Quintana Salazar y Vittorio Orvieto Tiplitzky, lugar en que se le mantuvo encerrada sin derecho y se le sometió a brutales malos tratos físicos y psicológicos, puntualmente se le infligió golpizas reiteradas, lesiones corporales deliberadas, aplicación de electricidad, amenazas, simulacros de fusilamiento, humillaciones y vejámenes, presenciar las torturas aplicadas a su padre y hermano, desnudamiento y agresiones sexuales (la obligaron a realizar y padecer actos de carácter sexual, entre ellos, acceso carnal por vía vaginal, anal y bucal, actos sexuales con un animal, introducción de ratas por vía vaginal y de objetos por vía vaginal y anal), provocando su embarazo, el que no llegó a término debido a un aborto espontaneo.

5° Que, posteriormente, fue trasladada a la Cárcel de Mujeres de Santiago y, desde ahí, al centro de detención clandestino ‘Tres Álamos’, lugar en que fue entrevistada por delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja el 20 de noviembre de 1974”.

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