Tribunal, en nuevo juicio, dicta veredicto condenatorio contra imputado por incendio en estación de Metro Pedrero

Fiscalía Oriente mantuvo solicitud de pena de 10 años de régimen cerrado para B.S.M.

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral dio a conocer el veredicto condenatorio respecto del imputado B. S. M, (de 16 años de edad al momento de los hechos) por el delito de incendio ocurrido el 18 de octubre de 2019 en la estación de Metro Pedrero.

Tras dos semanas de juicio oral, los fiscales Omar Mérida y Miguel Ángel Orellana, junto con el abogado Rodrigo Balart, expusieron ante el tribunal las pruebas, entre ellas imágenes de las cámaras de seguridad, peritajes al sitio del suceso y mensajes de WhatsApp del imputado.

El fiscal Omar Mérida recalcó tras el veredicto que “la conclusión a la que arriba el tribunal es que la noche del 18 de octubre, tal como sostuvimos desde el principio, el adolescente que resulta condenado ingresó a esta estación junto a otras personas, forzando la entrada, y tras realizar destrozos, termina aportando material combustible a un fuego incipiente que había en una de las oficinas, lo que deriva en un incendio que destruye la estación. Para el tribunal la prueba del Ministerio Público ha resultado legítima y confiable. Eso es sumamente importante porque valida el trabajo realizado por la Fiscalía y la BIPE de la PDI, y descarta las alegaciones de la defensa. Al confirmar la validez de nuestra investigación se logra establecer la verdad de lo que ocurrió esa noche y sentenciar como autor del delito de incendio al adolescente”.

En el fallo el tribunal expuso que las imágenes presentadas en el juicio confirmaron la “plena autoría” del acusado en el delito de incendio y que muestran “el momento en que Salazar da inicio a su acción incendiaria, primero tomando y luego llevando hacia el foco de fuego dos objetos voluminosos, uno en cada mano; y luego arrojándolos a ese lugar. Acción que al cabo de escasos 10 a 12 segundos devino en una violenta llamarada que alcanzó una altura y volumen de proporciones muy superiores a la que había hasta esos momentos”.

El tribunal también recalcó que analizado con la profundidad y el rigor que amerita respecto de la licitud de la prueba “no encontró en la prueba la manipulación denunciada, ni reparos en la confiabilidad de los antecedentes vertidos en juicio ni tampoco ilegalidades que importaran infracción de garantías constitucionales”.

En el veredicto fue absuelto delito de incendio el imputado Daniel Morales. El tribunal estimó que se logró acreditar que este estuvo presente en el lugar de los hechos el día y la hora en que ocurrieron, concertándose con el condenado, pero que no se logró establecer que su presencia incidiera en el incendios.

La lectura de sentencia se realizará el día 20 de mayo.

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