Cinco ciudadanos le decimos no a la impunidad de los guetos verticales en Estación Central 

Por Patricio Herman, presidente Fundación Defendamos la Ciudad  

Desde hace algunos años la opinión pública conoce el episodio de los invasivos edificios de hasta 38 pisos que se construyen con permisos cursados alegremente por un director de Obras Municipales (DOM) de Estación Central, funcionario que estimó que nadie se iba a percatar que sus actos administrativos eran ilegales.

Recordamos que en noviembre del año 2020 publicamos una descriptiva columna de opinión en este medio (Ver) en la cual decíamos que desde hace 4 años todas las autoridades, tanto locales como regionales y nacionales, sabían que esas construcciones con equipamiento continuo no eran viables porque en los lugares de sus emplazamientos no existía un Plan Regulador Comunal (PRC).

Ello conforme a varios oficios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), una esclarecedora respuesta de la ministra Paulina Saball al presidente de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) y unos cuantos dictámenes de la Contraloría General de la República, los que han sido confirmados por la Corte Suprema de Justicia, ante una seguidilla de recursos de protección de los temerarios inversionistas que querían pasarse de listos para obtener suculentas utilidades.

Como hasta ahora ningún servicio de la administración del Estado ha interpuesto denuncia o querella ante el Ministerio Público, pues se cometió una prevaricación administrativa, no solo al cursarse los permisos sino más grave aún, al otorgarse recepciones finales de obras a muchas de esas torres habitaciones, ello conforme a lo estipulado en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), cinco particulares: los arquitectos Miguel Lawner, Miguel Prieto, Jonás Figueroa, el dirigente social de esa comuna, Alejandro Verdugo y este columnista, tuvimos que contratar a un abogado experto para que la fiscalía nacional investigue la razón por la cual existen tales guetos verticales. Ese abogado tuvo la gentileza que no cobrar sus legítimos honorarios profesionales, es decir, presentará ad honorem la querella en el juzgado de garantía que corresponda.

Ahora bien y esto es lo novedoso que justifica esta publicación, vía oficio N° 549 del 10 de julio de 2007, catorce años atrás, el arquitecto Luis Eduardo Bresciani, entonces jefe de la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Minvu, responde una consulta de fecha 26 de junio de 2007 del DOM de Estación Central, ingeniero Marco Antonio Vidal, instruyéndolo con suma claridad de que no era posible una edificación continua en altura en un sector sin normas contenidas en un PRC, oficio obligatorio que fue rigurosamente acatado por ese funcionario municipal.

En nuestra columna aludida en el primer párrafo, no habíamos dado cuenta de ese gravitante y antiguo oficio ministerial vinculante, por la sencilla razón de que, en esa fecha, noviembre de 2020, no lo conocíamos. Valga la oportunidad para expresar que, con motivo del lamentable fallecimiento en julio de 2012 del ingeniero Vidal, fue reemplazado en el cargo por el arquitecto Armin Seeger, quien inexplicablemente, a partir del año 2013, se consideró habilitado por alguien o algunos para otorgar este tipo de permisos truchos.

Recordemos que la Contraloría ordenó la invalidación de los permisos, como también la paralización de obras de aquellos que se estaban construyendo y además exigió sumarios administrativos, los que, en realidad, no sirven absolutamente de nada. El actual alcalde, Felipe Muñoz, quien cuando era concejal fue un contumaz detractor de estos edificios que son verdaderas colmenas humanas, está desarrollando una reingeniería en su municipio para que nunca más se produzcan estas impúdicas situaciones.

A él le hemos solicitado un listado con los nombres de las constructoras que iniciaron la edificación de sus proyectos, en el cual nos debe indicar las fechas en que la DOM notificó por escrito a las Juntas de Vecinos del sector la emisión de los permisos, ello conforme al mandato de la LGUC y además las fechas de cada una de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) favorable, indispensables para que se iniciaran las faenas, ello de acuerdo al artículo 8° de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Como un hecho asaz curioso, debemos tener en cuenta que, en ciertas ocasiones, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) admite que se sometan a estudio proyectos cuyos permisos han sido invalidados por los municipios o declarados contrarios a derecho por la Contraloría (sic).

De acuerdo a cifras preliminares, las utilidades mal habidas por los titulares de los proyectos, podrían ascender a los US$ 500 millones, dependiendo de la cantidad de edificios y lo que buscamos los querellantes es que alguna vez en Chile, el sector inmobiliario pague compensando, este caso, a la perjudicada comunidad de Estación Central, por sus actos de corrupción. Asimismo, invitamos al Consejo de Defensa del Estado (CDE), al Consejo Nacional de Desarrollo Urbano (CNDU) y al Colegio de Arquitectos de Chile, como también a todas aquellas organizaciones ciudadanas, como Espacio Público, América Transparente y el Capítulo Chileno de Transparencia Internacional, que se identifican con la probidad y transparencia, que se hagan parte en la querella.

Finalmente, lo que no podrá acontecer es un nuevo hecho ilegal consumado, pues la ciudadanía está enfadadísima con la acostumbrada impunidad que se produce con este tipo de actuaciones.

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