El dilema de las reglas de enmienda para el nuevo orden político

Por Rodrigo Espinoza Troncoso, Doctor en Ciencia Política y Académico Universidad Diego Portales.

En los últimos días hemos sido testigos de un acalorado debate entre el Congreso y los integrantes de la Convención Constitucional (CC) acerca de los quórums de reforma para la nueva Constitución. Un grupo no menor de convencionales ha señalado estar a favor de establecer un quórum de reforma de dos tercios para el que sería el nuevo conjunto de reglas si es que se aprueba de salida para el mes de septiembre. Por otro lado, el Congreso, especialmente los partidos tradicionales son reacios a esta propuesta, quienes han sugerido rebajar el umbral.

El escenario actual deja de manifiesto las grandes diferencias entre la CC y el actual Congreso, pero más preocupante todavía es el clima de desconfianza entre ambas instancias. Por un lado, el temor de la Convención es que los partidos tradicionales con un quórum menor a dos tercios hagan cambios sustantivos al trabajo realizado por la CC.

Por otro lado, el Congreso, especialmente el Senado, se encuentra resentido dado que la instauración del denominado bicameralismo asimétrico implicará el fin de la Cámara Alta tal y como la conocemos desde el punto de vista de su estructura y prerrogativas.

Ante este escenario ¿cuál sería la mejor alternativa para salir del impasse? En primer lugar, hay que tomar en consideración que la evidencia comparada indica que la vida promedio de las constituciones a nivel global es de 19 años. Asimismo, la evidencia también señala que las constituciones más flexibles son aquellas que tienen una mayor duración, ya que permiten ir adecuando las reglas del juego a las demandas de su entorno. Sin embargo, cuando observamos las dinámicas del proceso constituyente actual y el clima de desconfianza entre el órgano constituyente y los poderes constituidos, hay que tomar ciertos resguardos. En primer lugar, el Congreso actual fue electo bajo la Constitución de 1980 y sus reglas, por lo que no es un legislador que esté conformado bajo reglas de paridad ni plurinacionalidad (a diferencia de la CC). Por otro lado, el actual legislador no está mandatado para realizar reformas a la nueva Constitución, sobre todo los integrantes del Senado que se escogieron para las elecciones de 2017 y que recién se someterán a elecciones el año 2025. Asimismo, el acuerdo alcanzado descartó de plano la posibilidad de nuevas elecciones de autoridades una vez aprobada la nueva Constitución (menos si se tiene que confeccionar una nueva ley electoral).

Ante el escenario actual, una solución posible es que la nueva Constitución – de ser aprobada- comience a regir formalmente para las elecciones de 2025. Vale decir, continuar con la Constitución de 1980 por unos años más, con el compromiso de que para las próximas elecciones el Congreso tenga diseñada la ley electoral que acompañará a la nueva Carta Fundamental. Bajo esta fórmula, reducir los quórums de reforma sería una alternativa válida en aras restablecer las confianzas, puesto que tendríamos un legislativo mandatado para reformar y al mismo tiempo bajo reglas de paridad y plurinacionalidad. Es importante aclarar que para que esta propuesta surta efecto, se requiere de la renovación total de la segunda cámara vía elecciones (es decir, elegir a la Cámara de las Regiones en un 100% y no gradualmente).

Hoy nos encontramos en la recta final del proceso constituyente, por ese motivo es importante fortalecer las relaciones entre los partidos políticos de todos los sectores junto a un diálogo más fluido entre la Convención Constitucional y los poderes que hoy en día se encuentran constituidos. Una Constitución rígida podría atentar con la durabilidad de la que posiblemente será nuestra primera Carta Fundamental nacida en democracia, sobre todo en un clima de desconfianza entre los actores políticos.

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