Corte Suprema condena a oficiales de Carabineros (r) por homicidio calificado en Lo Valledor

El máximo tribunal condenó al entonces capitán de Carabineros Héctor Fernando Osses Yáñez y al teniente Aquiles Bustamante Oliva a 12 años de presidio, en calidad de autores mediatos del ilícito.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y, en sentencia de remplazo, condenó a tres miembros de carabineros en retiro de la dotación, a la época de los hechos, de la Subcomisaría de La Granja, por su responsabilidad en el delito consumado de homicidio calificado de Juan Jorge Gallardo Núñez, joven de 19 años de edad ejecutado en el sector de Lo Valledor, en octubre de 1973.

la Segunda Sala del máximo tribunal condenó al entonces capitán de Carabineros Héctor Fernando Osses Yáñez y al teniente Aquiles Bustamante Oliva a 12 años de presidio, en calidad de autores mediatos del ilícito. En tanto, el carabinero en retiro Julio César Yáñez Illanes fue condenado a 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, como autor ejecutor del homicidio.

En el fallo, la Sala Penal de la Corte Suprema descartó error de derechos en la sentencia que condenó a Osses Yáñez y Bustamante Oliva como autores mediatos del delito, al estar al mando de la unidad policial encargada de la represión implementada tras el 11 de septiembre de 1973, en el sector sur de la Región Metropolitana.

Para el máximo tribunal, en el caso concreto, los condenados: “(…) Osses Yáñez y Bustamante Oliva, a la época de estos hechos, estuvieron a cargo de la Subcomisaría de La Granja y, por ende, constituyeron ese eslabón imprescindible, para que esa política estatal de represión con un horizonte nacional se materializara en el ámbito local, lo que permite calificar su responsabilidad de autoría mediata”.

“Que la sentencia igualmente se apoya en diversos testimonios, y establece hechos, que permiten afirmar la autoría mediata en la forma ya latamente explicada”, relevó la Corte Suprema.

 

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