Corte condena a ex oficial de Carabineros por secuestro de obrero en 1973

El abogado querellante, Francisco Bustos, señala que se insistirá en la aplicación de una agravante por la calidad de funcionario en la que se encontraba el uniformado.

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó al ex oficial Joel Bladimiro Esquivel Contreras, jefe de la Tenencia de Carabineros Sumar (actual San Joaquín), a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de secuestro calificado, en grado consumado, del obrero Vicente del Carmen Vidal Paredes, cometido a contar del 5 de octubre de 1973.

De esta manera, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia de primera instancia dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes, en septiembre pasado, manteniendo la condena al acusado como responsable por el crimen, rechazando la solicitud de absolución de la defensa del acusado, así como las peticiones de los querellantes de elevar la pena por aplicación de agravante de prevalerse del carácter de funcionario público.

De acuerdo a la investigación sustanciada por la ministra Marianela Cifuentes, se pudo establecer que Vicente del Carmen Vidal Paredes fue detenido el 5 de octubre de 1973, en horas de la noche, en el marco de un allanamiento efectuado en la población Aníbal Pinto de la comuna de San Joaquín, a manos de funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de San Joaquín.

En ese mismo procedimiento fueron detenidos también los pobladores Luis Enrique Pinto Lillo, Roberto Muñoz Candia, Juan Darío Villagra González y Miguel Ángel Villagra González, todos trasladados a la citada Tenencia, lugar en que fueron sometidos a malos tratos.

Posteriormente, Vicente Vidal Paredes, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad judicial o administrativa correspondiente, fue ejecutado en las inmediaciones de la citada unidad policial, mediante siete impactos de proyectil balístico en cráneo y tórax, siendo abandonado su cuerpo en el Zanjón de La Aguada.

Por el contrario, el tribunal confirmó la absolución de otros dos funcionarios de carabineros, José Segundo Fuentes Peña y Luis Antonio Vásquez Ramírez, de la acusación en su contra como autores del secuestro de la víctima, al no existir pruebas contundentes en su contra.

El abogado querellante Francisco Bustos, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, señaló que «nos encontramos conformes con la sentencia al confirmar íntegramente lo resuelto por la ministra Cifuentes. […] En este caso, se reconoció la calidad de autor mediato del oficial condenado Esquivel Contreras, toda vez que por su jerarquía y mando efectivo tuvo el dominio del hecho, de modo que es responsable de los crímenes que ejecutaron sus subordinados. En este caso, pedimos la aplicación de una agravante, que resultó rechazada, pero seguiremos insistiendo en que la calidad de funcionario debe considerarse para aumentar la responsabilidad».

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