Tribunal Ambiental ordena iniciar proceso sancionatorio contra Edelaysén

La determinación establece que por construir su proyecto sin evaluación ambiental, la empresa no sólo debe ingresar las obras al SEIA sino que ser sancionada por el incumplimiento.

El pasado martes el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia ordenó a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) iniciar un proceso sancionatorio contra Edelaysén por su proyecto de central hidroeléctrica Los Maquis, que comenzó su construcción en 2020 sin una Resolución de Calificación Ambiental. Si bien en junio de 2021 la SMA tuvo que instruir a la empresa a ingresar el proyecto a evaluación ambiental, no se había determinado una sanción.

Tras la irregularidad se presentaron una serie de denuncias ciudadanas coordinadas por la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (CODESA), con el patrocinio del abogado Rodrigo Meneses del estudio LAWen y el apoyo de ONG FIMA. “No podemos permitir que empresas vengan a desarrollar proyectos de forma ilegal, y luego éstas no reciban ninguna sanción, sino sólo que ingresen sus proyectos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, porque entonces estamos incentivando a los desarrolladores que hagan lo que quieran sin cumplir la ley ambiental” explicó Cristóbal Weber, vecino de la localidad y uno de los firmantes del requerimiento.

A lo anterior agrega que: “Nos pareció certero el fallo del tribunal, donde deja sin efecto la decisión de la SMA de no sancionar a la empresa. Esperamos que ahora este organismo, en base a los datos y hechos descritos en la sentencia, donde se dejan en claro varios puntos importantes además de decir explícitamente que éstos fueron de carácter gravísimo, actúe de la forma correcta e inicie un proceso sancionatoria contra la eléctrica por estos hechos”.

Para Sofía Barrera, abogada de ONG FIMA, “esta sentencia marca un gran precedente, porque no puede ser inocuo para los titulares de los proyectos el iniciar sus operaciones sin contar con la debida evaluación ambiental”.

La especialista en derecho ambiental explicó que “aquí son varias cosas en las que el tribunal es contundente en su fallo. Por un lado, señala que eludir SEIA es una infracción que puede ser calificada como grave o gravísima, dependiendo del daño que se genere. Segundo, que se construyó un proyecto distinto al que fue presentado originalmente en la consulta de pertinencia al SEIA. Y, tercero, que las obras y sus impactos son permanentes”.

Por su parte, desde CODESA, su presidente y asesor legal de los requirentes, Erwin Sandoval, indicó que “ciertamente celebramos el fallo del Tercer Tribunal Ambiental, que reconoce nuevamente las ilegalidades cometidas por la Superintendencia del Medio Ambiente al abordar las infracciones de Edelaysén en la construcción de su proyecto hidroeléctrico Los Maquis”.  Sin embargo, agregó que “debemos manifestar nuestra preocupación, y que nos resulta del todo incomprensible, que teniendo todos los antecedentes del caso, a tres años la SMA aún no inicie procedimiento sancionatorio en contra de esta titular de un proyecto que construyó de manera ilegal la central hidroeléctrica, no en cualquier territorio, sino que al interior de un área puesta bajo protección oficial”.

A partir del fallo del Tribunal Ambiental de Valdivia la Superintendencia del Medio Ambiente debe dictar una nueva resolución, debidamente fundada, donde considere los hechos del caso como antesala a un proceso sancionatorio.

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