Suprema acoge solicitud de Superintendencia de Salud y otorga nuevo plazo de 6 meses a las isapres

La Tercera Sala del máximo tribunal aceptó la petición planteada el 10 de mayo por la Superintendencia de Salud basada en la presentación del denominado proyecto de ley corta de isapres ante el Congreso Nacional.

La Corte Suprema acogió una solicitud presentada por la Superintendencia de Salud para ampliar el plazo otorgado a la autoridad administrativa para dar cumplimiento al fallo del máximo tribunal respecto de la adecuación del precio final de planes de isapres a los términos de una tabla única de factores.

En la decisión, la Tercera Sala del máximo tribunal aceptó la petición planteada el 10 de mayo por la Superintendencia de Salud basada en la presentación del denominado proyecto de ley corta de isapres ante el Congreso Nacional.

La Superintendencia de Salud argumentó que, para cumplir de manera íntegra y correcta el fallo, se requiere de una iniciativa legal que entregue a la Superintendencia las competencias que actualmente carece y, a su vez, modifique la regulación actual del pasivo financiero de las Isapres, con el fin de evitar una crisis del sistema privado de salud.

El Secretario de la Corte oficiará a todas las Cortes de Apelaciones que estén conociendo de recursos de protección sobre esta materia para que se agregue copia autorizada de esta resolución”.

La vocera de la Corte Suprema y hoy presidenta de la Tercera Sala, Ángela Vivanco, explicó que el nuevo plazo correrá desde el vencimiento del plazo original el 31 de mayo próximo: “Las razones que se han tenido a la vista para este efecto tienen que ver con la consideración de que lo que se ha ordenado en el fallo original hasta la fecha no hemos tenido ninguna evidencia de cumplimiento. Y en consecuencia, justamente en aras de que el fallo se cumpla por la importancia que tiene, nosotros hemos dado este nuevo plazo a efectos de que pueda completarse esta situación”.

Respecto de una eventual tardanza en presentar una solución a los afiliados la portavoz dijo: “La demora es un tema que tiene que ver con la autoridad sectorial, no es competencia nuestra. La solicitud se hizo dentro de la vigencia del primer plazo, luego en una solicitud válida que nosotros resolvimos en su mérito y que acogimos”.

La magistrada fue consulta por críticas de distintos sectores respecto de la sentencia original a lo que contestó: “Nosotros no debatimos nunca sobre lo bueno o malo de nuestros fallos porque no nos corresponde. El fallo está suficientemente justificado. Este fallo tiene por antecedente otro del Tribunal Constitucional de hace 13 años sobre la tabla de factores y, en consecuencia, las razones y los fundamentos están ya dados en ese fallo y nosotros no vamos a debatir porque cada uno es dueño de opinar lo que le parezca, pero los fallos se cumplen”.

La magistrada también respondió ante una consulta respecto de la preocupación del gobierno y de distintos sectores de la ciudadanía por el cumplimiento del fallo:

“Un Estado de derecho, entre otras cosas, se caracteriza justamente porque los fallos de los tribunales se cumplen. Hay fallos que se pueden cumplir con cierta facilidad. Hay fallos que tienen mayores dificultades de cumplimiento porque involucran muchos pasos, cálculos y una serie de exámenes que, por supuesto, este fallo es del caso porque es un ajuste de muchos planes y en la determinación de una devolución que tiene su complejidad. El tiempo que esto se está tomando tiene que ver con el modo que se aborda por las respectivas autoridades y si las autoridades han estimado que necesitan más tiempo, nosotros se los hemos dado, pero que en ese sentido haya la tranquilidad que el Poder Judicial vela y se preocupa porque esos fallos se cumplan. Si es necesario más plazo y es pertinente darlo, se da”, aseveró.

Por último, resaltó que el fallo responde a una situación determinada y no tiene otros intereses dentro de la administración pública. “En ningún caso y bajo ninguna circunstancia este fallo ha tenido ninguna otra intención más que se cumpla efectivamente con lo que en su momento se consideró que eran tablas de factores que no se avenían con la Constitución. En consecuencia, corresponde ahora hacer ajuste y determinar si hay pagos excesivos. Esto no tiene ninguna connotación sobre la industria de las isapres, sobre la existencia, sobre los equilibrios, sobre la salud pública versus salud privada, sino que busca efectivamente lo que aquí se ha dicho y en consecuencia, el público tiene que tener la tranquilidad, que eso es lo que está hoy discutiéndose. Cualquier otra materia está fuera de nuestro fallo y nosotros no somos parte de esa discusión”, concluyó.

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