Chilenos en el extranjero plantearon que se les reconozca constitucionalmente como integrantes de la Nación chilena

Organizaciones de los más de un millón y medio de connacionales que residen fuera del país presentaron propuesta al Consejo Constitucional.

Los insumos para el debate en la redacción de la Nueva Carta Magna, fueron presentados por el Antropólogo y Sociólogo de la Universidad Ámsterdam, Carlos Méndez, a nombre del “Cabildo Ciudadano Chileno de Buenos Aires” y del  “Comité Internacional Chile Somos Todos”,  basado en tres iniciativas.

“Reconocimiento constitucional a los chilenos residentes en el extranjero como parte de la Nación chilena”; “Derecho de Sufragio desde el extranjero de la ciudadanía chilena residente en el exterior en elecciones parlamentarias eligiendo a propios candidatos” y “Derechos ciudadanos plenos para hijos de chilenos nacidos en el extranjero”, son los ejes fundamentales a considerar, según expuso Méndez.

En su intervención ante el Consejo Constitucional, el especialista chileno que reside en Argentina, fundamentó: “Nuestro punto de vista ante este proceso constitucional -y por nuestra experiencia con colectividades extranjeras de otros países- es proponer un derecho colectivo para nuestra comunidad chilena residente en el exterior”.

El Anteproyecto desconoce la existencia de una población chilena que reside permanentemente en el extranjero,  la que se ha constituido a partir de 1974 en los diferentes países del mundo. Según los datos del Registro INE/DICOEX 2016, la población chilena residente en el exterior es de 1.037.346 personas, similar a la población actual de la Región de la Araucanía, la quinta más poblada del país.

La norma propuesta se funda en “promover la integración armónica y solidaria de sus habitantes y su participación en la vida nacional”, basada en el Artículo 11.1 del Anteproyecto, la que regida por un Estatuto de Cooperación permitirá normalizar la relación entre el Estado, los chilenos y sus agrupaciones residentes en el extranjero. “De ese modo se incorporan las preciadas prácticas de sus países de residencia en conocimientos, culturas, ciencia, tecnología, comunicaciones, artes, deportes, humanidades, que contribuyan a las políticas públicas del desarrollo nacional”, explicó el antropólogo y Sociólogo Méndez.

NORMA IPN N° 8323

“La Constitución reconoce a los chilenos residentes en el extranjero como parte de la Nación chilena. El Estado establecerá un Estatuto de cooperación con los chilenos y sus colectividades del exterior que garantice su integración y participación en la comunidad nacional”.

Según el especialista Méndez: “es fundamental que el Estado reconozca constitucionalmente a los chilenos residentes en el extranjero. Una colectividad que se ha constituido impensadamente durante los últimos 50 años requiere su protección, así como otros Estados lo han hecho con sus connacionales. Esa garantía constitucional permitirá que posteriormente los legisladores proyecten las medidas, normas, leyes que contengan y constituyan una comunidad chilena exterior interrelacionada con el país de origen y en mundo cada vez más interrelacionado y globalizado”, concluyó.

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