Corte de Santiago condena a empresa eléctrica por cortes de suministros en Palmilla

La resolución condena a la empresa el pago de una multa de 200 UTM y una indemnización de $7.129 a los clientes afectados.

La corte de Apelaciones de Santiago condenó a la Compañía General de Electricidad (CGE) por cortes de servicio en la comuna de Palmilla, durante junio de 2017. Según el fallo de la tercera sala, se estableció que la empresa vulneró la ley de protección de los derechos de los consumidores al no prever los problemas que podría generar un frente de mal tiempo. La CGE deberá pagar una multa de 200 UTM y realizar una indemnización de $7.129 a cada uno de los afectados.

«En este orden de ideas, no puede desconocerse que el servicio que presta la demandada tiene características especiales, dado que es de carácter básico -aquellos que se estiman como necesarios para cubrir las necesidades esenciales de las personas-, mientras que, por otra parte, quien provee dicho servicio es el único que lo hace en un determinado alcance territorial -monopolio-, por lo que recae sobre ella un deber de diligencia mayor», plantea el fallo.

La resolución agrega que: «En efecto, los días 7 y 8 de junio de 2017, en el sector de San José del Carmen del Huique, comuna de Pamilla, la empresa demandada con un actuar negligente frente a las condiciones climáticas que se generaron, procedió a suspender de manera intempestiva y sin justificación el servicio de electricidad de dicha localidad (…). Al respecto el artículo 45 inciso 2° de la Ley N° 19.496 dispone que deben adoptarse por el proveedor las medidas que resulten necesarias para que aquella se realice en adecuadas condiciones de seguridad, informando al usuario y a quienes pudieren verse afectados por tales riesgos de las providencias preventivas que deban observarse».

Finalmente, el fallo concluye que «En efecto, estos hechos tuvieron como consecuencia directa el obrar negligente de la demandada, la que frente a información que daba cuenta de sendos frentes de mal tiempo no obró conforme lo exige su condición de empresa experta, adoptando sólo medidas paliativas, una vez que los eventos climáticos ya se encontraban en desarrollo, providencias que fueron del todo insuficientes, tal como lo demuestra la afectación de a lo menos 142 clientes», concluye.

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